La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a un planteo del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, tras una demanda iniciada hace años por su par bonaerense, y determinó que contadores porteños podrán continuar legalizando y certificando documentos de personas y empresas domiciliadas en la provincia de Buenos Aires.
En su demanda, el Consejo bonaerense pretendía que su par porteño dejara de realizar certificaciones y legalizaciones fuera de su jurisdicción y, a su vez, le pagara lo que la entidad provincial dejó de recibir en concepto de aranceles y otros ingresos.
La Corte, con la firma de Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, éste último según su voto, hizo lugar al planteo. El alto tribunal comunicó que de la Ley nacional 20.488 "no surge de modo inequívoco" que el domicilio del comitente sea la pauta que deba regir el ámbito de intervención de cada colegio profesional en su respectiva jurisdicción. Por su parte, agregó, la Ley provincial 10.620 no alude expresamente al domicilio del comitente; solo menciona que el consejo tendrá jurisdicción sobre el territorio de la provincia de Buenos Aires. La Corte cerró con que no existen en el ordenamiento nacional ni en la legislación de la Provincia normas que impidan que la actuación de los profesionales de las Ciencias Económicas matriculados en el colegio de la Ciudad se lleve a cabo respecto de personas que tienen domicilio legal en otra jurisdicción.